Diario N°3

 




UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA


DIARIO DE CLASE

CIENCIAS EMPRESARIALES / TURISMO ¨B¨

CLASE N°: 03

FECHA: 31/Agosto/2020- 04/Septiembre/2020

ESTUDIANTE: Xiomara Zambrano

DOCENTE:Lcda. Mónica Nugra

ASIGNATURA: Agencias de viajes y Operación turística 

TEMA: Reglamento de operación e intervención turística 

OBJETIVO: Analiza los aspectos conceptuales legales y técnicos que intervienen en el manejo de una agencia de viajes.

RESUMEN

Titulo II Del registro de licencia de funcionamiento e identificación

capítulo I requisitos y procedimiento 

  • registro único del contribuyente

  • escritura de constitución nombramiento vigente de los representantes legales

  • •pago de la contribución a la autoridad Nacional de turismo

procedimiento 

  • la autoridad Nacional de turismo contará con una plataforma digital de uso obligatorio para registro de las agencias de servicios turísticos se realizará la inscripción es de verificación y o control a las agencias de servicios turísticos se emitirá un acta suscrita entre funcionario de la autoridad y el propietario representante legal administrador o encargado de la agencia de servicios turísticos.

Capítulo II procedimiento de licenciamiento 

  • La autoridad Nacional de turismo deberá solicitar el certificado de registro de turismo y los demás que sean requeridos para obtener la licencia única anual de funcionamiento será mediante la herramienta en línea de la autoridad Nacional de turismo

  • requisitos:

    • activos de la empresa según declarado en el impuesto a la renta del último ejercicio económico

    • pago efectuado por concepto de renovación de licencia única anual de funcionamiento

    • pago de las obligaciones previstas en la ley de turismo

    • la agencia de servicios turísticos deberá contar con un letrero visible en la parte exterior del mismo que incluye su clasificación

Título III De la intermediación operación de las agencias de servicio turístico y del representante de ventas

capítulo I De la intermediación y operación 

  • Aquella gestión comercial de mediación organización y venta de servicios turísticos actuada entre el consumidor final y los proveedores de los servicios turísticos operación aquellas diversas formas de organización desarrollo y ejecución directa de viajes y visitas turísticas a nivel nacional

Capítulo III Del representante de ventas de las agencias de viajes internacionales o duales 

  • representante de ventas persona natural que se dedica a la gestión comercial de productos o servicios de la agencia de viajes internacionales o duales agente comisionista

  • requisitos

    • título profesional en turismo

    • registro único del contribuyente

    • contrato con las agencias de viajes internacionales o duales 

    • experiencia de al menos 3 años en agencias de servicios turístico

    • titulo IV 

    • Art 24 canales de comercialización 

      • la comercialización virtual podrá comercializar sus productos a través del Canal virtual deberá incluir:

        •  número de teléfono y dirección del contacto de la agencia 

        • seguridad de la interfaz para compras en línea 

        • medidas de seguridad y protección para los datos personales de los clientes 

        • declaración de responsabilidad ante cualquier situación derivada de la transición política de cobro cancelación y reembolso 

        • número de teléfono de contacto para asistencia al cliente 

        • identificación de registro de turismo y licencia única anual de funcionamiento 

      artículo 25 comercialización virtual con terceros 

      • para promocionar su servicio o productos turísticos serán responsables por la veracidad de la información provista por estos canales así como por el incumplimiento de servicios o productos turísticos que el cliente contrata a través de los mismos 

      art 26 .- prohibición sobre comercialización de información publicitaria no podrá ser engañosa ni ser utilizada para generar confusión el cliente respecto de la calidad y alcance del servicio contratado en caso de comprobarse de este hecho Serán aplicables las funciones determinadas en las normativas correspondientes



Comentarios